jueves, 22 de octubre de 2020

Alegaciones al PORN del Parque Natural del Turia presentadas por la Coordinadora

Ángel Morales Rubio, en calidad de presidente Coordinadora en  Defensa de los Bosques del Turia, Inscrita en lo  Registro de Asociaciones de València, con el n.º 8107, *Secc. 1 (CIF: G97999460),  presenta la documentación que se adjunta en relación con el periodo de exposición  pública del Estudio Ambiental y Territorial Estratégico y de la nueva versión de Proyecto  de Decreto de Modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN)  del Turia y de la Declaración del Parque Natural.  

La documentación que se aporta contiene 11 alegaciones que tratan de mejorar la  propuesta de PORN en exposición pública. Las tres primeras alegaciones proponen  cambios en el texto del proyecto de decreto. En las restantes se proponen cambios en  la categoría de zonificación de ciertas áreas o la incorporación al ámbito territorial del  PORN de espacios que permiten mejorar los objetivos logrados con la declaración del  parque natural del Turia.  

También se presenta el “INFORME SOBRE LOS VALORES DEL SECTOR DEL PARAJE NATURAL DE LES MOLES DONDE SE PLANTEA LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO INTU MEDITERRANI”, que resume la mayor parte de los estudios que ha elaborado la Coordinadora para la protección de les Moles, a la que pertenece nuestra  entidad, para impedir la urbanización de una parte muy significativa del paraje natural  de les Moles, y que entendemos justifican y respaldan la decisión de la Conselleria  d'Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició Ecològica de  incluir al paraje natural de les Moles dentro del parque natural del Turia.  

Todo esto de acuerdo con aquello que se ha establecido por el artículo 26 de la Ley  11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunidad  Valenciana, los artículos 16 a 18 de la Ley 27/2006, por la cual se regulan los derechos  de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia  de medio ambiente, los artículos 19 a 23 del Decreto 97/2010, de 11 de junio, del  Consejo, por el cual se regula el ejercicio del derecho de acceso a la información  ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente en la Comunidad  Valenciana y el artículo 52 del Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consejo, sobre la  forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos.  

Paterna, 19 de octubre de 2020 


Inclusión del tramo del cauce nuevo del río Túria permanentemente ocupado por el  mar Mediterráneo en la categoría de zonificación Áreas Objetivo de Conservación  (AOC)

ALEGACIONES: 

  1. Modificación del punto 7 del artículo 55. Normas sobre el uso público, en relación  con las limitaciones que afectan a los perros que acompañan a los visitantes del  parque.
  2. Obligación de poner carteles informativos en caminos, pistas, sendas y senderos,  anunciando las fechas y horario cuando se prevé la realización de la actividad  cinegética con armas de fuego.
  3. Establecimiento de mayores restricciones a la circulación de bicicletas por el parque  natural del Turia.
  4. Inclusión del tramo del cauce nuevo del río Túria permanentemente ocupado por el  mar Mediterráneo en la categoría de zonificación Áreas Objetivo de Conservación  (AOC).
  5. Prolongación del Área de Amortiguación (AA) del barranco de Mandor hasta el Molí  de Lluna.  
  6. Establecimiento como Área Objetivo de Conservación (AOC) del sector del paraje  natural de les Moles que contiene una cantidad considerable de ejemplares de  Teucrium edetanum.
  7. Inclusión como Área de Amortiguación (AA) al espacio denominado “Pla del Retor”,  perteneciente al paraje natural de les Moles (Paterna).
  8. Inclusión como Área de Amortiguación (AA) de las dos canteras de áridos existentes  en el paraje natural de les Moles (Paterna).
  9. Inclusión como Área de Amortiguación (AA) de los terrenos no urbanizados  existentes a ambos lados de la A-7, entre la Canyada y los polígonos industriales Font  del Gerro y Táctica.
  10. Calificar al tramo del barranco d’Endolça que ha quedado fuera del ámbito del PORN  como Área de Conectividad Fluvial (ACF), es decir, el tramo que conecta al paraje  natural de les Moles con las huertas de Paterna, que son dos espacios con categoría  de zonificación Área de Interfase de Mosaico Agrícola-Forestal (AI).
  11. Calificar como Área de Amortiguación (AA) una propuesta de corredor ecológico entre  el paraje natural de les Moles y el barranco de Carraixet.

Descargar el documento completo con las alegaciones en https://drive.google.com

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