miércoles, 24 de mayo de 2017

Renovación del convenio de colaboración con el Ayuntamiento de L'Eliana

PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN Y COLABORACIÓN SOBRE ACTUACIONES CONJUNTAS, ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE L’ELIANA Y LA COORDINADORA EN DEFENSA DE LOS BOSQUES DEL TURIA



REUNIDOS

De una parte, D. Salvador Torrent, Alcalde Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de L’Eliana, debidamente facultado para la suscripción del presente protocolo, conforme las atribuciones que le confiere el articulo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local.

Y de otra, D. Ángel Morales, Presidente de la Coordinadora en Defensa de los Bosques del Turia, asociación inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de la Dirección General de Justicia de la Consellería de Administración Pública de la Generalitat Valenciana, en la sección primera, con el número 8.107, debidamente, y José Javier Belmonte, miembro de la Junta de Gobierno de la Coordinadora en Defensa de los Bosques del Turia, y representante de la Coordinadora en la Agenda 21 de l’Eliana, facultados para la suscripción del presente protocolo, conforme las atribuciones que le confieren los acuerdos adoptados por su Asamblea General en fecha 16 de junio de 2007.

Ambas partes, con carácter general, se reconocen mutuamente como legitimadas para cuantas actuaciones lleven a cabo en los ámbitos previstos en sus respectivas normativas o estatutos, y en base a ello,

MANIFIESTAN

Primero: Que ambas partes tienen como objetivo común la salvaguarda y protección del medio ambiente y singularmente del río Turia, sus riberas, sus bosques, así como los valores naturales, patrimoniales, históricos, culturales y arqueológicos que se representan en el Espacio Natural Protegido del Parque Natural del Turia.

Segundo: Que el Ayuntamiento de l’Eliana, viene poniendo de manifiesto su solidaridad con la Comunidad Valenciana al ubicarse dentro de su término municipal desde hace más de cincuenta años una estación de energía eléctrica, que afecta sensiblemente a su entorno y a su propio desarrollo lo que supone que se carga sobre los vecinos de este municipio los beneficios que la energía genera en otros municipios, todo ello en aras del interés general.

Tercero: Que el presente convenio esta enmarcado en el principio que en la Constitución Española de 1978 se establece en su artículo 23.1., que dispone: “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente”.

Cuarto: Que el 3 de Julio. De 2007, de una parte, D. José María Ángel Batalla, Alcalde Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de l’Eliana, y de otra, D. José Javier Belmonte Sabater, Presidente de la Coordinadora en Defensa de los Bosques del Turia, firmaban un protocolo de comunicación y colaboración.

Quinto: Que los firmantes quieren actualizar este protocolo con carácter general para realizar actuaciones conjuntas dentro de las siguientes:            

ESTIPULACIONES

Estipulación 1ª. Los comparecientes en este acuerdo se comprometen a mantener la vía de comunicación abierta para intercambio de información, dentro del objetivo común de la manifestación primera.

Estipulación 2ª. Será motivo de colaboración las actuaciones enumeradas dentro de los ámbitos siguientes:

SUBESTACIÓN TRANSFORMADORA 
  • Tras la entrega al Ayuntamiento de l’Eliana, según el protocolo de colaboración anterior, de estudio de viabilidad técnica y económica presentado por Red Eléctrica para el posible desmantelamiento y traslado de subestación transformadora de L’Eliana, promover en sus respectivos ámbitos de competencias, las actuaciones necesarias y realizar el seguimiento de las mismas, ante Red Eléctrica, para que pueda materializarse el desmantelamiento y traslado de la subestación transformadora.
  • Instar a la Generalitat Valenciana para que en el ejercicio de sus competencias en materia de Ordenación del Territorio, contemple la ordenación, financiación y ejecución de cuantas actividades sean necesarias para el desmantelamiento y traslado de la estación transformadora de l’Eliana, incluyendo el desmantelamiento y traslado de las torres y de sus líneas de alta tensión, reconociendo tales infraestructuras como el mayor impacto medioambiental en el declarado Parque Natural del Turia. 
PROTECCIÓN CONTRA AVENIDAS

  • Proponer a la Confederación Hidrográfica del Turia la ejecución de las obras de encauzamiento del Barranco de Mandor, al objeto de minimizar el potencial el riesgo de inundaciones, tal y como ya estaba aprobado en el proyecto técnico de 2008 o reduciendo las obras meramente al encauzamiento. 
  • Realización de trabajos de limpieza de la caña, especie de carácter invasor,  que al no tener actualmente  uso económico y/o social, se ha expandido en el Turia en general y en el Barranco de Mandor en particular, convirtiéndose en un problema de carácter ecológico y de funcionalidad hidráulica. 
PREVENCIÓN Y CORRECCIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES

  • Defensa de la calidad de las aguas de la cuenca del río Túria, y la salvaguarda del valor patrimonial que significa el Tribunal de la Aguas y Acequias Reales. 
  • Defensa de la calidad del aire en el Parque Natural del Turia, los bosques del río Turia y en las ciudades del entorno de ambos espacios, mediante propuestas y estudios que minimicen cualquier impacto negativos sobre la calidad del aire y reduzcan el efecto invernadero generador del cambio climático. Promocionar la eficiencia energética y realizar actuaciones para prevenir y corregir la contaminación lumínica.  
PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN

  • Defensa de los valores ambientales, creación de vías verdes y realización de un estudio de integración y mantenimiento, del Parque Fluvial contenido en el Parque Natural del Turia, por parte de la Confederación Hidrográfica del Turia. 
  • Promocionar el aprovechamiento de la biomasa del Parque Natural del Turia, como recurso medioambiental, ecológico y energético. 
  • Seguimiento y ejecución de los planes de prevención de incendios en vigor y en todos los niveles (autonómico, del parque natural y local), en la interfaz urbana con el Parque Natural del Turia y en la totalidad del Parque Natural del Turia.  
PATRIMONIO

  • Promover la creación del Parque Cultural del Turia. 
  • Participar en la defensa y rehabilitación del Patrimonio histórico, cultural y arqueológico, ubicado en zonas urbanas, y dentro del ámbito del Parque Natural. 
  • Promover la declaración de las trincheras de l’Eliana como bien de relevancia local (BRL).  
PAISAJE

  • Promover la restauración y renovación del Paisaje urbano, periurbano, espacios interurbanos y todos aquellos espacios que queden como “marginales”, para mejorar el paisaje de la ciudad y la identificación del ciudadano con la misma y sus valores.  
PARTICIPACIÓN Y VOLUNTARIADO

  • Fomento del Voluntariado y Creación de una Red de Alerta Ciudadana, para ciudadanos interesados en colaborar en la defensa y protección del bosque. 
  • Colaboración con los Centros Educativos y asociaciones cívicas, para la difusión de nuestro entorno natural y patrimonial, incluso a través de publicaciones sobre el Parque Natural del Turia y el desarrollo de acciones concretas en el Parque Natural. 
  • Fomentar el ejercicio del Derecho Constitucional para participar directamente en la gestión de los espacios públicos citados y fomentar el Proceso de Agenda Local 21, a través de una Red de Foros municipales.  
SENSIBILIZACIÓN

  • Promocionar campañas de concienciación para el uso adecuado del Parque Natural por los usuarios y singularmente la pacificación del tráfico de bicicletas y caballos en el parque fluvial. 
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por duplicado, en el lugar y fecha indicados. 



En l’Eliana, a 23 de mayo de 2017

No hay comentarios:

Publicar un comentario