La sala de lo contencioso desestima el recurso presentado por los propietarios de una finca en el Parque Natural del Turia
05.03.11 - 00:26 - M. J. CARCHANO | VALENCIA.
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el
recurso presentado por una rama de la familia de los Trénor,
propietarios de una finca en pleno bosque de la Vallesa, contra el
decreto de aprobación del Parque Natural del Turia, una decisión que
impedía a los propietarios de este paraje urbanizar parte de los
terrenos.
El fallo ha sido contundente. El juez ponente de la
sentencia, Carlos Altarriba, tumba uno por uno todos los argumentos
presentados por los Trénor contra la decisión del entonces conseller de
Territorio, Esteban González Pons, de aprobar un parque natural
alrededor del río Turia que impedía desarrollar un proyecto urbanístico
en plena Vallesa, donde los Trénor son propietarios de más de 450
hectáreas, lo que representa prácticamente la mitad de la superficie.
Dice Altarriba que la Generalitat, en su Estatuto de
Autonomía, tiene competencia exclusiva en materia de espacios
protegidos, y su declaración como parque «está suficientemente
justificada porque, entre otras cosas, tiene un singular ecosistema».
Además, «está más que justificado que la administración intente reducir
la presión antrópica de la zona». Los Trénor, en su recurso, justifican
que existen espacios dentro del parque natural que no deberían ser
protegidos. «Pretender una anulación absoluta del parque por esta vía
inespecífica nos parece un argumento no estimable», le contesta el juez.
Ni siquiera prevé que la Generalitat tenga que compensar a
los propietarios, ya que «las clasificaciones del suelo no implican
indemnización». Los recurrentes plantean perjuicios patrimoniales,
derivados de la ordenación medioambiental. «Perjuicios que ni siquiera
explicita, concreta o determina en su suplico», dice el juez.
Los Trénor llegaron a presentar ante la sala de lo
contencioso un 'Estudio potencial del medio natural del paraje la
Vallesa de Mandor', y que el juez critica porque «carece de objetividad,
es absolutamente privado y ha sido encargado por los mismos
propietarios de la finca». En este informe se recomienda que los Trénor
deberían obtener «compensaciones urbanísticas en el caso de que se
cediera a las presiones de los municipios colindantes, de convertir la
finca en un paraje natural». Llega a decir incluso que el «trasnochado»
informe «está tan devaluado que ni siquiera los actores respetan las
conclusiones del propio estudio».
La realidad es que hubo dos proyectos serios de urbanizar
la Vallesa del Mandor. Primero lo intentó el Ayuntamiento de Paterna en
2002, negociando en secreto con los Trénor para reclasificar un total
de 138 hectáreas. Con Blasco como conseller de Territorio la cifra que
pretendía urbanizarse llegó a las 300 hectáreas.
A la familia Trénor le queda ahora la posibilidad de
presentar un recurso de casación en el Tribunal Supremo en los próximos
10 días desde la notificación, ayer mismo, del fallo del Tribunal
Superior de Justicia.
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