jueves, 7 de junio de 2007

Territorio permite que se retomen talas en la Vallesa bajo las líneas eléctricas




Cèsar Garcia, Paterna

La Conselleria de Territorio y Vivienda permitirá que se retomen a partir de hoy las podas y talas de árboles en la Vallesa que se estaban desarrollando debajo de las líneas eléctricas que atraviesan el Parque Natural del Turia, dentro de los trabajos de prevención de incendios solicitados por las empresas Iberdrola y Red Eléctrica. La Generalitat levantó ayer la suspensión cautelar de los trabajos decretada por el conseller Esteban González Pons, la última semana de mayo, después de que el Ayuntamiento de Paterna denunciara la tala de 400 pinos.

La secretaria autonómica de Territorio y Medio Ambiente, Cristina Serrano, anunció ayer, en un comunicado, que esta decisión se ha adoptado tras determinar «la conveniencia» de continuar con las obras de mantenimiento de las líneas eléctricas, tras conocer el informe del director del parque natural, José Vicente Pardo, ante el riesgo de incendios. Esta mañana se mantendrá una reunión técnica para determinar qué actuaciones son prioritarias y ejecutarlas con la máxima integración en el paisaje.

Fuente levante-emv.com


No creo que debamos quedarnos tranquilos con la argumentación de que talar el bosque de la Vallesa sea "legal".


1) La Ley 8/1968 de incendios forestales, de la que en su artículo 9 se mencionaba la posibilidad de las empresas de lineas eléctricas (visada por la autoridad administrativa y sometida al parecer previo de interesados) de ejecutar medidas preventivas de prevención de incendios, FUE DEROGADA POR LA DISPOSICION DEROGATORIA UNICA DE LA LEY 43/2003 DE MONTES.

2) Dicha ley de montes del 2003, actualmente en vigor, indica claramente en su artículo 2 punto 3, que AQUELLOS MONTES QUE SEAN ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS SE REGIRAN PRIORITARIAMENTE POR SU PORN QUE TIENE PRIMACIA SOBRE LA LEY DE MONTES PARA ESOS ESPACIOS.

3) Y finalmente nuestro Decreto de PORN 42/2003 dice en su artículo 34.1 que "NO SE ADMINITRÁ LA REDUCCIÓN DE EXTENSION DE LAS MASAS FORESTALES ACTUALMENTE EXISTENTES, NI LA DESTRUCCION PERMANENTE DE LOS MARGENES HERBACEOS Y ARBUSTIVOS..."

4) Existen otras leyes como la LEY 2/89 DE IMPACTO AMBIENTAL , que exigen estudios previos de impacto ambiental, audiencia de interesados, publicación en Diarios Oficiales.


Tomás Martínez
ENTREPINS

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